IMPLICACIONES DE LA REFORMA A LA LEY DE AMPARO Y OTRAS LEYES FISCALES PARA 2025.
IMPLICACIONES DE LA REFORMA A LA LEY DE AMPARO Y OTRAS LEYES FISCALES PARA 2025.
En días recientes se aprobaron y publicaron de manera furtiva diversas modificaciones a leyes que protegen los derechos de los ciudadanos contra actos de autoridades fiscales. Entre las más afectadas tenemos a la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Es importante señalar que el gobierno federal ha prometido desde el sexenio pasado no crear nuevos impuestos, sin embargo lo que no prometió fue que no crearía nuevas formas de recaudar, y todas estas modificaciones legales son la materialización del nuevo “TERRORISMO FISCAL” al cual estaremos expuestos al menos por los siguientes 5 años, y les puedo asegurar, que se verán cosas peores.
Para abrir boca, tenemos que la Ley de amparo sufrió de una significativa modificación que establece que ante actos de ejecución o cobro de créditos fiscales determinados en resoluciones liquidatarias que hubieren sido impugnadas y hubieren quedado firmes por resolución de autoridad competente, o de resoluciones que resuelvan solicitudes de prescripción de dichos créditos firmes solo podrá promoverse el amparo hasta el momento de la publicación de la convocatoria de remate.
Si bien, los tribunales constitucionales no son el medio idóneo para combatir actos de autoridades fiscales, exceptuando de esto los amparos contra leyes, y por otro lado, decir que los tribunales ideales para defenderse tributariamente son los administrativos especializados como el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, (TFJFA), esto no quiere decir que las reformas a la Ley de Amparo no vulneren los derechos de los gobernados contribuyentes, ya que acotan las posibilidad de defensa y le conceden una ventaja desequilibrada a las autoridades para poder cobrar de manera más fácil sin que se puedan promover acciones alternativas de resolución expedita contra dichos cobros.
Una modificación similar a la sufrida por la Ley de Amparo, se replica en la Ley Orgánica del (TFJFA) al reformarse respecto de los juicios que puede conocer esta autoridad, restringiéndola de atender procedimientos que se promuevan contra actos que exijan el pago de créditos fiscales determinados en resoluciones liquidatorias que hubieren sido impugnadas y hayan quedado firmes por resolución de autoridad competente, o de actos que resuelvan sobre solicitudes de prescripción respecto de dichos créditos.
Esta modificación cierra la puerta al juicio de nulidad para revisar resoluciones negativas de prescripción, aun cuando existan argumentos sólidos sobre el transcurso del plazo o la improcedencia de actos interruptores, lo cual podría permitir abusos en el cobro de créditos fiscales, ya que estos no podrán ser impugnados en cuanto a su ilegalidad sino hasta que se lleve a cabo el proceso de remate, .
En cuanto al Código Fiscal de la Federación, las reformas también son radicales, extremas y encaminadas a facilitar los cobros y reforzar los programas de amenazas y los encaminados a infundir miedo entre los contribuyentes, y entre algunas tenemos que se otorgan nuevas facultades a las autoridades fiscales con el fin de identificar supuestas operaciones simuladas, facturación falsa o maniobras destinadas a eludir impuestos y como consecuencia también se implementarán nuevas causales de restricción y cancelación de sellos digitales para los casos de contribuyentes que cuenten con créditos fiscales pendientes de pagar, además ahora la autoridad tendrá la facultad de depurar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y se complica el procedimiento para garantizar el interés fiscal al momento de presentar juicios.
Todas estas reformas, arrebatan derechos en materia tributaria por los que se había luchado arduamente a lo largo de los años y hoy se eliminan de la ley con un simple plumazo sin importarle al gobierno las consecuencias que esto generará en la colectividad.
Sin embargo, y a pesar de lo obscuro y escalofriante que se vislumbre el panorama nacional en materia fiscal, tanto en el rubro de fiscalización, cobro y juzgamiento, considero que alrededor de todo este caos se pueden generar áreas de oportunidad siendo el momento idóneo para voltearnos a ver a nosotros mismos y efectuar una revisión de nuestra situación frente a las autoridades fiscales para buscar soluciones, prepararnos y poder estar listos para contener cualquier eventualidad que pudiera derivarse de todas estas reformas.
En Cristerna y Guajardo Abogados, creemos firmemente en que ante cualquier contratiempo fiscal siempre debe de haber una reacción inteligente, planeada, pronta y eficaz para salir adelante, búscanos, estamos seguros de que podemos ayudarte.
Lic. Edgardo Cristerna Camacho
CRISTERNA Y GUAJARDO ABOGADOS, S.C.
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